Recientemente, ha salido publicado en el Código Técnico de la Edificación, en concreto en el DBSI (Documento Básico de Seguridad contra Incendio) y en el DBSUA (Documento Básico de Seguridad de Utilización y accesibilidad) nuevas actualizaciones al respecto de las normas UNE 85121:2018 : “Puertas Peatonales automáticas: Instalación, uso y mantenimiento” y la 85635:2012 ( norma en actual revisión y en la que nuestra Asociación está liderando, como coordinadora, el grupo de Trabajo creado a tal efecto enmarcado en el Comité Técnico de Normalización CTN 085 de AENOR) “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”.
Conviene recordar que el Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
Su aplicación corresponde a edificios de nueva construcción, así como a intervenciones en edificación ya existente, como pueden ser obras de ampliación, modificación, reforma, cambio de uso y mantenimiento.
En los siguientes enlaces podréis acceder a dichos Documentos con comentarios del Ministerio de Fomento (versión 20 de diciembre 2019):
Documento Básico de Seguridad contra Incendio
Documento Básico de Seguridad de Utilización y accesibilidad
Entre lo que se cita, conviene resaltar en el documento básico DBSI, en el punto 6 .5 (Puertas situadas en recorridos de evacuación) lo siguiente:
“Las Puertas peatonales automáticas de someterán obligatoriamente a las condiciones de mantenimiento conforme a la norma UNE 85121:2018 (Puertas peatonales automáticas, Instalación, uso y mantenimiento).”
Así mismo, respecto a éstas, en el DBSUA 2 “Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento” en el punto 1.2.4 se señala que :”….En relación a su instalación, uso y mantenimiento, conforme a SI 3-6, punto 5, las puertas peatonales automáticas se someterán obligatoriamente a las condiciones establecidas en la norma UNE 85121:2018.”
Por otra parte el DBSUA 2 “Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento” en el punto 1.2.3 al respecto de las Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones cita explícitamente:
“En relación con las condiciones de seguridad de utilización, las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones deben contar con Marcado CE de conformidad con la norma de producto UNE-EN 13241:2004+A2:2017 “Puertas industriales, comerciales y de garaje y portones. Norma de producto, características de prestación”.
En relación a su instalación, uso y mantenimiento, la conformidad con la Directiva de máquinas puede obtenerse mediante el cumplimiento de la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso”.
Por otro lado, se ha publicado la norma española UNE 85635:2012 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”, que complementa a las anteriores.
Os recordamos que Grecer XXI.- Gremio de Cerrajeros es la asociación que está liderando en la actualidad el PNE (Proyecto de Norma Española) 85635 como coordinador del Grupo de Trabajo enmarcado dentro del CTN 085 AENOR creado para la revisión de la Norma UNE 85635:2012; formando parte del Comité Técnico de FIMPA, el Comité Técnico de Certificación CTC 085 AENOR y al Comité Técnico de Normalización CTN 085 AENOR , siendo además colaboradores de ECA Grupo Bureau Veritas y Vigilancia de Mercado del Ministerio de Industria.
Nos tenéis a vuestra disposición ante cualquier duda o aclaración al respecto, a través de los canales de comunicación habituales del Gremio; telefónicamente en el 93 184 03 00 o por correo electrónico a la siguiente dirección: socios@gremiodecerrajeros.com