El pasado 24 de Marzo, el Consejo de Ministros  aprobó el acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos,  que aparecen recogidas en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Esta Línea será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial, en colaboración con las entidades financieras.

Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.

El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes. Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.

El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años.

El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras. Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020. Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19. También asumen el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.

Siguiendo el siguiente link, podréis acceder a la resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19 a la que hacemos referencia y en el que se detallan todas estas ayudas:

BOE de 26 de Marzo

Adjuntamos también enlace a la página oficial de ICO (Instituto de Crédito Oficial) donde se recoge toda la información y metodología al respecto:

https://www.ico.es/web/ico/sobre-ico

Así mismo, os recordamos que nos tenéis a vuestra disposición, como siempre, a través de los canales de comunicación habituales del Gremio que telefónicamente es en el 93 184 03 00 o por correo electrónico a la dirección: socios@gremiodecerrajeros.com desde el cual os prestaremos  todo el servicio que podáis precisar.